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Contundente carta del capitán Conde Romero al comisionado de paz Otty Patiño

Doctor:
Otty Patiño Hormanza.
Alto comisionado para la paz
L.C.

 

Muy respetado Dr. Patiño.

Me dirijo a Ud. con el propósito de presentarle un proyecto para conducir las negociaciones con el ELN, diferente al que se viene desarrollado por el gobierno del Dr. Gustavo Petro Urrego, que busca corregir las deficiencias y errores del anterior proceso de negociación.

Por tratarse de un proceso de Negociación política que busca la reparación integral de las víctimas y la construcción de un relato coherente, incluyente e imparcial de las causas objetivas de los actores, los factores, las causas objetivas de las violaciones sistemáticas y quienes fueron los beneficiarios de estas violaciones, el esfuerzo debe estar concentrado en el COMO. En COMO se construye la verdad. En COMO se resocializa a los excombatientes, en COMO se logra la reconciliación, en COMO se construye una paz estable y duradera.

La pacificación total exige una doble acción: el apaciguamiento interior y la reconciliación exterior. Una depende de la otra. Solo un ser humano con un corazón pacifico puede introducir la paz en las relaciones que establezca. La paz no es un proceso meramente exterior que dependa únicamente de una equitativa distribución del ingreso y/o la riqueza, que dependa de leyes justas o gobernanza ecuánimes; estriba en la pacificación interior.

Dr. Patiño, antes de continuar con la propuesta debo referirme al planteamiento hecho por un integrante del ELN, sobre la necesidad de financiación de Estado colombiano a cambio de dejar el secuestro como medio de financiarse.

Primero, hagamos una evaluación ética. El secuestro es una violación de los derechos humanos reconocida internacionalmente. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), específicamente lo cataloga como “delito de lesa humanidad”.

El secuestro también es considerado como una violación grave del Derecho Internacional Humanitario (DIH). El DIH en el Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra de 1977, en su artículo 4, prohíbe el secuestro y la retención ilegal de personas, así como cualquier trato inhumano o degradante.

Aunque Colombia no ha ratificado el Protocolo II, sus acciones en el conflicto armado interno han estado sujetas al cumplimiento de las normas fundamentales del DIH y han buscado garantizar el respeto y protección de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

La renuncia al secuestro por parte del ELN podría tener importantes beneficios para las víctimas y la sociedad en general. El secuestro ha causado un profundo sufrimiento a lo largo de los años afectando miles de colombianos y extranjeros, generando un clima de miedo y desconfianza.

La propuesta de brindar sostenimiento económico al ELN plantea desafíos considerables desde el punto de vista político y económico. Para que esta medida sea efectiva, se requeriría un marco jurídico sólido(no existe), unos mecanismos de control y transparencia para garantizar que los recursos no sean utilizados para financiar actividades ilícitas y terroristas.

Dr. Patiño, si el ELN acepta la siguiente propuesta y renuncia al secuestro, esto puede ser un punto de partida para el fomento del dialogo y construcción de confianza entre el ELN y el Estado colombiano.

Este proceso inicia con un tratamiento médico científico especializado para excombatientes, que lleve, tanto a victimarios como a las víctimas, entender el valor de la verdad, para que más tarde se pueda hacer justicia. Con la verdad se busca garantizar la no repetición y poder desarrollar un proceso de resocialización y reinserción a la sociedad de los excombatientes.

Dr. Patiño, un aspecto vital es que se trata de una negociación política después de un prolongado conflicto armado y por tal motivo hay que entrar a evaluar las acciones armadas de los contendientes dentro de la jurisdicción del Derecho Internacional Humanitario. Por tal motivo, la nueva Jurisdicción especial para la Paz, debe tener dos salas, una para el Derecho Internacional Humanitario y otra para los Derechos Humanos. ¿Por qué no existe una sala en la JEP encargada del Derecho Internacional Humanitario? El Derecho Internacional Humanitario juzga la legalidad y legitimidad de la acción militar, juzga su proporcionalidad, juzga que se haya efectuado buscando la ventaja militar. El DIH se encarga de analizar el tipo de armamento utilizado; que en la acción militar haya buscado minimizar los daños colaterales a los no combatientes. Etc.

Dr. Patiño, un aspecto muy importante en la construcción de la verdad, es que la Resocialización económica de los excombatientes se les brinda si cuentan la verdad. Si cuentan la verdad hay beneficios jurídicos. O sea que debe haber un término prudente de 1 o 2 años antes de que los excombatientes entren a usufructuar los beneficios jurídicos otorgados. La llegada a los cargos públicos deben ser para el periodo constitucional 2026-2030.

Otro aspecto que fue mal diseñado en la anterior negociación fue la definición de víctimas inocentes del conflicto armado desde la óptica del DIH. Tienen que ser grupos sociales, religiosos, económicos, étnicos, que sin querer involucrarse voluntariamente en el conflicto, fueron sistemática y brutalmente perseguidos y declarados objetivo militar. Por tal motivo, Dr. Patiño, lo primero que hay que hacer es buscar un grupo de filósofos, de sociólogos, de militares retirados, de politólogos, etc. etc., que construyan un diccionario de la terminología que se va a utilizar durante las negociones, para que no exista tanta subjetividad en la terminología, ejemplo: víctima inocente, victima, etc., etc. Y, en especial con los cabecillas del ELN que nos quieren imponer su terminología.

Después del tratamiento médico científico especializado para excombatientes, se les brinda la oportunidad de que cuenten sus versiones de los hechos. Está debe hacerse de abajo hacia arriba en la escala de grados (para el caso del ELN, combatientes rasos, comandantes de frentes y dirección nacional) las versiones deben ser verificadas y/o constatadas por las agencias de inteligencia del Estado. Además, estos relatos deben ser conocidos por las víctimas y por la comunidad involucrada, con el propósito de obtener de la comunidad una justicia moral.

Colombia debe ser dividida en varias jurisdicciones de paz. Solo de esta manera se puede restituir el tejido social que quebró o destruyo el conflicto armado a nivel regional. Una cosa pasó en la Costa Atlántica, otra diferente en los Llano Orientales, otra en la Costa Pacífica y por tal motivo cada región debe manejar su propio proceso de negociación política. En especial el departamento de Arauca.

Con las audiencias públicas se ejerce una justicia moral y al mismo tiempo se puede construir un relato incluyente de la verdad.

El sistema de guerra está compuesto por el componente militar, la economía de guerra (Para el caso col. la coca, la extorción y la minería ilegal), la ideología política (el comunismo); y uno muy importante en los conflictos internos, que es el componente jurídico. Un ejemplo: Néstor Humberto Martínez Neria, exfiscal general de la nación en su libro: “Las dos caras de la verdad”, de ediciones Planeta, plantea: “El trabajo adelantado por la Fiscalía permitió encontrar 99.114 investigaciones por delitos atribuibles a las Farc-EP, que dejaron 72.146 víctimas….Los picos más altos de estos delitos fueron cometidos entre 1982 y 2001…la justicia ordinaria no logró hacer efectiva la sanción penal frente a los crímenes cometidos durante el conflicto armado…Claro que tiene que causar irritación que frente a los miles de secuestro que vivió el país, solamente 275 terminaron en condena; que por la violencia sexual de que fueron víctimas las guerrilleras únicamente se conozcan dos fallos condenatorios y que por el reclutamiento de la guerra -que agredió a nuestros niños- solamente haya diez sentencias, para citar algunos ejemplos.” Martínez Neira, Néstor Humberto. Las Dos Caras de La Paz. Edición Planeta. Pág.361.

Le pregunto Dr. Patiño: ¿ algunos juristas del sistema de justicia colombiano fueron actores del conflicto armado colombiano?,¿No habrá que crear una sala especial para que los juristas encargados de los procesos más sonados de impunidad para que cuenten la verdad?

Dr. Patiño, la Iglesia católica colombiana fue víctima o victimaria? Dr. Patiño, la academia colombiana se vinculó al conflicto armado preparando ideológicamente a los combatientes?

Dr. Patiño, este conflicto fue un conflicto interno o un conflicto internacional? ¿ De qué forma se involucró Cuba, financiando las acciones militares, proporcionado entrenamiento militar e ideológico? ¿ Está el ELN ayudando a Cuba en construir los tiempos requeridos para consolidar su revolución en la isla y en el continente suramericano?

Al proporcionar un tratamiento especializado se podría fomentar una profunda transformación personal en los excombatientes del ELN, permitiéndoles superar el pasado y construir una nueva identidad fuera de la violencia armada. Este proceso de rehabilitación y reintegración puede ayudar a romper el ciclo de violencia y contribuir a su reintegración plena en la sociedad, ofreciéndoles oportunidades económicas y educativas para que puedan construir una vida estable duradera y pacífica.

El tratamiento médico-científico especializado permite abordar las causas subyacentes que llevaron a los combatientes del ELN a participar en el conflicto armado, como la pobreza económica, la falta de oportunidades y la influencia coercitiva de la organización. Al proporcionar el apoyo integral que abre estas causas, se pueden reducir las posibilidades de reincidencias en actividades delictivas o violentas.

La implementación de un enfoque basado en el tratamiento médico-científico especializado para excombatientes puede contribuir a la construcción de confianza y reconciliación con la sociedad. La sociedad colombiana les puede conceder el perdón.

Dr. Patiño, el ELN debe entregar a uno de los países garantes, el listado total de sus integrantes; debe concentrarse en lugares específicos para evitar que sean responsabilizados de algún secuestro. Así mismo, el listado de sus armas, etc. etc.

Es importante destacar que está es un argumento basado en una perspectiva particular basado en mis estudios en: “Teoría y experiencia en Resolución de Conflictos Armados” en la Universidad de los Andes, y que requiere de un análisis exhaustivo. Dr. Patiño, cualquier estrategia de resolución de conflicto armado interno debe considerar los principios de Verdad, Justicia, reparación y garantía de no repetición con el objetivo de lograr una paz estable y duradera.

Atentamente.

Capitán de Fragata (RA).
Angel Gabriel Conde Romero.
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