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Reformas constitucionales que si valen la pena

Por Diego León Caicedo Múñoz

“La cultura es la memoria del pueblo, la conciencia colectiva de la continuidad histórica, el modo de pensar y de vivir”. Milan Kundera

En 1991 la Asamblea Nacional Constituyente aprobó la Constitución Política de Colombia, siendo la primera carta política delineada con participación del pueblo a través de unos delegados elegidos popularmente. En términos generales la estructuración de la norma en Derechos Humanos, protección y aplicación de los mismos, organización del Estado y la participación democrática, se plasmó con decoro.

La historia de Colombia se dividió en dos, una antes de 1991 y otra después. Sin embargo, el sistema de elección de altos funcionarios públicos, llamase contralor, procurador, defensor del pueblo, etc. Por parte del Congreso de la República, fue diseñada para una comunidad política proba e incólume, muy diferente a la nuestra.

La constitución de 1886 fue reformada 74 veces en más de un siglo. La constitución actual con tan solo 30 años de vida, ya ha soportado 53 actos legislativos, lo que quiere decir que ha tenido una reforma cada cinco meses aproximadamente.

¿Hasta qué punto es conveniente tanta reforma? No se percibe como algo negativo, pero la actualización de la estructura legal a una más robusta, no puede ser motivo para hacer reformas con intereses personales y politiqueros, como la reforma del articulito que permitió la reelección presidencial, un ejemplo claro del manoseo descarado a la constitución.

Las reformas a la constitución, demarcadas en la carta política en el título XIII, del artículo 374 al 379, están direccionadas por el legislador, a través de actos legislativos, referendos y asamblea constituyente. Las transformaciones constitucionales, totales o parciales, pasan inevitablemente por cualquiera de los mecanismos previstos, por el Congreso de la República, que se establece como constituyente derivado. El pueblo puede participar, pero siempre sometido a la voluntad de los congresistas.

Ninguna constitución es perfecta, pero como regla básica destinada a introducir y mantener el orden y la justicia, a limitar y a controlar el ejercicio del poder político, debe gozar de una mínima y razonable estabilidad. Es decir, aunque no es irreformable, ni debe permanecer indefinidamente pétrea, tampoco puede estar siendo modificada a cada paso por razones puramente coyunturales o accidentales, sino cuando verdaderamente se necesite para el mejor gobierno de la sociedad. (José Gregorio Hernández).

La estructura del estado en las diferentes naciones alrededor del mundo es muy similar, con órganos autónomos e independientes, organismos de control y fiscalización, que garantizan un sistema democrático sólido. Lo mismo ocurre con la elección de los líderes de cada una de las instituciones, los que no son elegidos por el pueblo, son seleccionados por los parlamentos. La diferencia radica en la cultura democrática y en los principios que tenga cada sociedad.

Hábitos arraigados como los del cuarto de hora y el desconocimiento y la apatía de las personas en democracia, son la mezcla perfecta del clientelismo. Sucede lo contrario con comunidades educadas en valores sociales, como en Suecia en donde la Dirección Nacional de Fiscalización de la Gestión Pública, depende del parlamento y fiscaliza de manera transparente a las autoridades estatales para que realicen su trabajo de acuerdo con las normas.

Lo que en teoría estableció la constitución como sistema de pesos y contrapesos, para la vigilancia y control reciproco de los poderes separados, en la práctica los políticos lo acomodaron para fortalecer las maquinarias políticas y confabularse para sacar réditos entre electores y elegidos. La cultura del “tú me eliges, yo te elijo y nos hacemos pasito”, en cabeza del Congreso de la República, debe desaparecer.

Apremia una reforma constitucional que valga la pena, No obstante, sabemos que la Constitución por sí sola no puede cambiar la realidad, que no resuelve los problemas de ipso facto, pero sin duda alguna, será una talanquera al clientelismo político en la elección de quienes regentan el destino del país. El gran problema es que toda reforma constitucional pasa por el Congreso de la República y estos nunca estarán dispuestos a patear la lonchera.

Un informe de la Contraloría General, refleja el alto grado de clientelismo en la función de la misma entidad y afirma que entre 2014 y 2018 se abrieron procesos de responsabilidad fiscal por valor de 21,6 billones de pesos. De estos, hubo imputaciones por 1,6 billones, pero solo se lograron recuperar 409 mil millones. Es decir que, del total de los procesos de responsabilidad fiscal entre 2014 y 2018, la Contraloría apenas recuperó el 2 %. Una muestra clara de “entre bomberos, no nos pisamos las mangueras”.

Reformas constitucionales

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